Empresa en Inglaterra, actividades en España: ¿es posible?

Share:

 

Empresa en Inglaterra, actividades en España: ¿es posible? inversión fiscal e impuestos

Abrir una empresa en Reino Unido para una actividad en España podría ser una opción poco rentable y f del todo ventajosa en términos fiscales. Averigüemos por qué.

 

Sociedad en Reino Unido, actividad en España


¿Es posible abrir una LTD Reino Unido para una actividad en España? La respuesta a esta pregunta es, si.

Si bien constituir una Sociedad Limited en Reino Unido es totalmente legal y puede llevar a una serie de beneficios, sobre todo en término burocráticos y de gestión, no podemos decir lo mismo a nivel tributario. Constituir una empresa en España implica desde el primer momento darse de alta como autónomo, pagar el seguro social, hacer la declaración del IRPF, pagar lor impuestos de sociedad incluso si la empresa aun no ha recibido beneficios, sin contar los largos tiempos para la correcta constitución de la empresa.

En un artículo sobre cómo crear una empresa en el Reino Unido, el portal del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social de España afirma que el “Reino Unido cuenta con un régimen empresarial abierto, transparente y amistoso para fomentar la formación de nuevas empresas”. Así mismo se comenta la sencillez del procedimiento burocrático y que “no existe una normativa independiente para el caso de nacionales extranjeros.”

 

Convenio para evitar doble imposición y prevenir la evasión fiscal


En el 2013 fue actualizado el Convenio Fiscal, anteriormente establecido en 1975, entre Reino Unido y España para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal.

El Artículo 22 establece las pautas para evitar el doble pago de tributos. El objetivo de este tipo de acuerdos es el de reducir o eliminar completamente la tributación por parte del Estado que no figura como “establecimiento permanente”. Entonces, dependerá de cada caso pero en lineas generales encontramos dos situaciones más recurrentes :
  1. la deducción del importe a pagar en el país de residencia respecto a lo pagado en el país en el que se trabaja;
  2. o bien, el pago de impuestos solo en el país donde se trabaja comporta la completa exoneración en el país de residencia.
Además, con el fin de evitar fraudes y evasión fiscal, en el Artículo 26 se reglamenta la colaboración entre ambos Estados para la facilitación de la información que pueda ser de interés para las autoridades competentes.

 

¿Donde se pagan los impuestos?


Según el Convenio bilateral el pago de los impuestos dependerá de algunos factores. Veamos algunos ejemplos. Abrir una LTD en Reino Unido teniendo un actividad física en España, es decir, que opera exclusivamente en España, esto implica: domicilio social, objeto social o sede administrativa en ese país y por lo tanto estará sometida a imposición española. El Artículo 7 del Convenio, anteriormente mencionado, decreta que “Los beneficios de una empresa de un Estado contratante sólo pueden someterse a imposición en ese Estado, a no ser que la empresa realice su actividad en el otro Estado contratante por medio de un establecimiento permanente situado en él.

Si la empresa realiza su actividad de dicha manera, los beneficios de la empresa pueden someterse a imposición en el otro Estado, pero sólo en la medida en que sean imputables a ese “establecimiento permanente”. Por ejemplo: si abrimos una empresa en el Reino Unido, pero que la sede física y la actividad realizada se desarrolle mayoritariamente o totalmente en territorio español, dicha empresa está sujeta a pagar sus impuestos según las leyes españolas.

Si se es Residente Fiscal en España y se quiere abrir una LTD en Reino Unido. Si la empresa realiza sus actividades exclusivamente en el Reino Unido o bien opera tanto en España como en Reino Unido donde en este último se encuentre la sede de dirección efectiva, la empresa está sujeta a imposición británica. Pero en el Reino Unido las sociedades y las personas físicas (aunque sea solo un propietario) no son la misma cosa. En este caso si se es residente en España y al mismo tiempo se poseé una sociedad en Reino Unido de todas maneras se verá obligado a pagar impuestos según las leyes españolas sobre el salario o los dividendos de una empresa inglesa.

Es considerado Residentes Fiscales en España: a) toda persona que transcurra un periodo superior a 183 día en España dentro del año natural. b) personas que radique en suelo español su nucleo principal o la base de sus actividades. c) que residan el conjugue y los hijos que dependan de esta persona física.

En estos casos, al no ser residentes, se aconseja recurrir a compañías especializadas en el ámbito de la legislación del Reino Unido, como GR Morgan Formation, que acompaña a los clientes españoles a la puesta en marcha de una LTD en el pleno respeto y protección tanto de las leyes españolas como de las británicas.

 

Imposición de los dividendos


En el caso de poseer acciones en una LTD y se es Residente Fiscal en España los dividendos pagados sobre dicha sociedad serán sometidos a imposición española, sin embargo en algunos casos se podría pagar un porcentaje de los impuestos  en el Reino Unido aunque este no podrá exceder el 10 por ciento del importe bruto de los dividendos. Estará exento de pagar este impuesto todo aquel que posea una sociedad en España que controle al menos el 10 por ciento de dicha sociedad.

Gianluca Pesi, Nordic Outreach

No hay comentarios