En este artÃculo les presento los puntos más relevantes de la reforma fiscal llevada a cabo por el ejecutivo.
En primer lugar, para ubicarnos en contexto, les adjunto los ingresos tributarios totales desglosados por capÃtulos.
Objetivos perseguidos por el Ejecutivo con la reforma fiscal:
- Impulsar la creación de empleo. Reducción de la fiscalidad para las rentas del trabajo, y refuerzo de la competitividad
- Dinamizar el crecimiento. Se moderniza el sistema tributario para favorecer el ahorro y la inversión
- Sistema tributario más equitativo. Mayor rebaja para las rentas medias y bajas, beneficios sociales para familias con hijos y/o con personas con discapacidad, y nuevas medidas para la lucha contra el fraude. Impulso del mecenazgo
IRPF:
- Se fija una tarifa definitiva a partir de 2016 entre el 19% y el 45%
- La rebaja media final de la reforma será del 12,5%
- El mÃnimo personal aumenta 400 euros por contribuyente
- 1.600.000 contribuyentes dejan de tributar por IRPF. De ellos, a 750.000 con ingresos inferiores a 12.000€ ni siquiera se les practicará retención
- La reforma fiscal definitiva reduce la tributación de los asalariados con rentas inferiores a 50.000 euros respecto a 2011
Se mantiene la ayuda para las madres trabajadoras, y se crean nuevas figuras de protección social:
1. Familia con hijos dependientes con discapacidad superior al 33%
2. Familia con ascendientes dependientes con discapacidad ›33%
3. Familia numerosa:
- Con 3 o más hijos
- Con 2 hijos, y uno de ellos con discapacidad ›33%
4. Familia numerosa de categorÃa especial:
- Con 5 o más hijos
- Con 4 hijos, y al menos tres por parto o adopción múltiple
- Con 4 hijos, e ingresos anuales no superiores al 75 % del IPREM
Importe: 1.200 € / anuales, acumulables para cada una de las situaciones familiares hasta un total de 4.800 euros. Compatible con ayuda para madre trabajadora.
Limitación exención indemnización despido:
- Se introduce equidad en el tratamiento fiscal de las indemnizaciones por despido
- Se establece un mÃnimo exento de 2.000 euros por año trabajado
- Se beneficia en mayor medida a los trabajadores con sueldos medios y bajos
Se reduce del 21% al 15% el tipo de retención del autónomo profesional con rentas inferiores a 12.000€ siempre que más del 75% de sus rentas procedan de actividades económicas
Se mantiene el tipo reducido del 15% para las empresas de nueva creación, incluido en la Ley de Emprendedores.
El tipo se aplica sobre los primeros 300.000 euros de base imponible, y será del 20% para el exceso de dicho importe durante dos años (el primer ejercicio con base imponible positiva y el siguiente)
IRPF Autónomos:
Limitación de la aplicación de módulos:
Se reduce el umbral de exclusión de 450.000 a 150.000 euros de ingresos y de 300.000 a 150.000 euros de gastos.
Se excluyen las actividades que facturen menos de un 50% a personas fÃsicas.
Quedan excluidas las actividades a las que se aplica el tipo de retención del 1%: Actividades de fabricación (con pequeñas excepciones) y construcción (albañilerÃa, fontanerÃa, instaladores, carpinterÃa, cerrajerÃa, pintura).
Permanecerán en módulos las siguientes actividades: fabricación de pan y bollerÃa, pastelerÃa y masas fritas; impresión de textos, comercio al por menor, cafeterÃas, restaurantes, quioscos, hoteles de dos estrellas o inferior categorÃa, talleres de reparación, transporte de viajeros por carretera, taxistas, mensajeros, escuelas y autoescuelas, tintorerÃas y peluquerÃas;
Permanecen Agricultura y GanaderÃa con peculiaridades propias: umbral (exclusión 200.000-150.000 y no afectadas 50% facturación).
Fuentes:
[1] http://www.minhap.gob.es/Documentacion/Publico/GabineteMinistro/Notas%20Prensa/2014/S.E.%20HACIENDA/23-06-14%20Presentaci%C3%B3n%20Rueda%20de%20Prensa%20Reforma%20Fiscal.pdf
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