En respuesta a la segunda solicitud presentada por el Japón, el 24 de mayo de 2013 el Ćrgano de Solución de Diferencias estableció un Grupo Especial para que examine la diferencia "China — Medidas por las que se imponen derechos antidumping a los tubos sin soldadura (sin costura) de acero inoxidable para altas prestaciones procedentes del Japón". Corea, los Estados Unidos, la India, Rusia y la Unión Europea se reservaron el derecho de participar como terceros en las actuaciones del Grupo Especial. Si tiene alguna duda o quiere aƱadir información, no dude exponerla a modo de comentario a continuación de esta entrada. Información de calidad, esencia blogger, El Economist Fuente "Noticias de la OMC": http://www.wto.org | |||
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